Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social -MSPAS-

Formular las políticas y hacer cumplir el régimen jurídico relativo a la salud preventiva y curativa y a las acciones de protección, promoción, recuperación y rehabilitación de la salud física y mental de los habitantes del país y a la preservación higiénica de medio ambiente; a la orientación y coordinación de la cooperación técnica y financiera en salud y a velar por el cumplimiento de los tratados y convenios internacionales relacionados con la salud en casos de emergencias por epidemias y desastres naturales.
La institución cuenta con 390 trámites en el catálogo.
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  • Los Comités de Ética en Investigación son autorizados para su funcionamiento en la revisión y aprobación de ensayos clínicos con medicamentos y dispositivos médicos.

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  • Toda persona individual, que pretenda obtener certificado de acreditación en manejo de desechos sólidos hospitalarios podrá ingresar expediente directamente ante la Dirección de Agua Potable, Saneamiento, Salud y Ambiente; mismo que debe contener solicitud escrita, en la que se especifique claramente la dirección, número telefónico y/o correo electrónico de contacto para notificaciones, así como los requisitos documentales legales y técnicos establecidos para el efecto.

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  • La Autorización de Empresas que manejan Sicotrópicos, Estupefacientes, Precursores y Sustancias Químicas, es el permiso por el cual cualquier empresa legalmente constituida pueda realizar cualquier actividad lícita con sustancias controladas mediante la emisión por parte del MSPAS a través de la Sección de Sicotrópicos, Estupefacientes, Importaciones y Exportaciones de una Licencia para Manejo de Precursores y Sustancias Químicas o la Certificación para Manejo de Sicotrópicos y Estupefacientes. La emisión de esta Licencia y/o Certificación se otorga una vez la empresa ha cumplido con todos los requisitos correspondientes establecidos en los Acuerdos Gubernativos y normas que aplican para cada sustancia controlada y tienen una vigencia de 5 años o la misma vigencia que posee la Licencia Sanitaria de Establecimientos Farmacéuticos. Durante dicha vigencia pueden ocurrir actualizaciones (cambios, modificaciones o notificaciones), las cuales se deben ser evaluadas y autorizadas por esta Sección. Por lo que cualquier actualización debe ser ingresada a esta Sección presentando la documentación de respaldo para cada una de las siguientes actualizaciones: • Incremento de cuota • Agregar sustancia • Cambio de propietario • Cambio de Representante Legal • Cambio de Dirección (si cambia de número de licencia sanitaria el establecimiento farmacéutico debe realizar un expediente de renovación) • Cambio de categoría de establecimiento (si cambia de número de licencia sanitaria el establecimiento farmacéutico debe realizar un expediente de renovación) • Cambio de director técnico (solo para empresas farmacéuticas) • Otros Las actualizaciones pueden generar la emisión de Licencia para Manejo de Precursores y Sustancias Químicas, Certificación para Manejo de Sicotrópicos y Estupefacientes y/o Oficio en donde se informe que la actualización está realizada (este último documento se genera cuando la actualización no modifica la Licencia o la Certificación).

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  • Trámite mediante el cual se gestiona el cambio de nombre de Establecimiento o cambio de propietario en la Licencia Sanitaria de Funcionamiento para fábricas de Alimentos.

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  • Trámite mediante el cual se pueden solicitar actualizar el registro sanitario de referencia, comprende la modificación de fabricante, por nuevo número de licencia sanitaria, descripción del producto; modificación o adición de nombre del producto, marca, distribuidor; modificaciones en la lista de ingredientes y modificaciones nutricionales.

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  • Trámite mediante el cual se modifica el titular del registro sanitario de referencia, debido a cambio de razón social o sesión de derechos.

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  • Procedimiento por el cual se realiza la afiliación de organizaciones a PROAM y apertura de farmacias

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  • Afiliación y apertura de Farmacia Municipal

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  • Apertura y Afiliación Farmacia Estatal

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  • La emisión de la Licencia Sanitaria, es el procedimiento por el cual el Departamento otorga la autorización para la instalación y funcionamiento de los Establecimientos, luego de haber cumplido con los requisitos para la habilitación, registro y autorización establecidos en el Acuerdo Gubernativo No. 376-2007 y las normativas específicas. La licencia sanitaria tendrá vigencia de 5 años, salvo por infracciones al Código de Salud, Leyes, Reglamentos y Normas Técnicas sanitarias vigentes en el país y su validez será para el establecimiento identificado con los datos registrados en la misma. La licencia sanitaria debe estar a la vista del público.

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  • La emisión de la Licencia Sanitaria, es el procedimiento por el cual el Departamento otorga la autorización para la instalación y funcionamiento de los Establecimientos, luego de haber cumplido con los requisitos para la habilitación, registro y autorización establecidos en el Acuerdo Gubernativo No. 376-2007 y las normativas específicas. La licencia sanitaria tendrá vigencia de 5 años, salvo por infracciones al Código de Salud, Leyes, Reglamentos y Normas Técnicas sanitarias vigentes en el país y su validez será para el establecimiento identificado con los datos registrados en la misma. La licencia sanitaria debe estar a la vista del público.

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  • La emisión de la Licencia Sanitaria, es el procedimiento por el cual el Departamento otorga la autorización para la instalación y funcionamiento de los Establecimientos, luego de haber cumplido con los requisitos para la habilitación, registro y autorización establecidos en el Acuerdo Gubernativo No. 376-2007 y las normativas específicas. La licencia sanitaria tendrá vigencia de 5 años, salvo por infracciones al Código de Salud, Leyes, Reglamentos y Normas Técnicas sanitarias vigentes en el país y su validez será para el establecimiento identificado con los datos registrados en la misma. La licencia sanitaria debe estar a la vista del público.

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